RUMORED BUZZ ON RICO168

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(8) La compra, donación, traspaso, cesión y venta de armas y municiones entre personas privadas con licencia, se realizará ante la Oficina de Licencias de Armas o ante una persona con licencia de armero, y previa verificación de los antecedentes penales del comprador, de manera electrónica en el archivo digital Countrywide Quick Prison Qualifications Test Program. Si al momento de efectuarse la transacción, la persona compradora no posee licencia por estar en proceso de solicitud, las armas y/o municiones deberán ser consignadas en una armería o con una persona con licencia de armas vigente, hasta que culmine el proceso y obtenga la mencionada licencia. Dicha transacción deberá ser registrada por el armero o la Oficina de Licencias de Armas en el Registro Electrónico.

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Reply to  NightFire four many years in the past Think about another thing that didn't exist, or when it did, was a little fraction of what exists these days:

(10) La solicitud para la expedición de una licencia de armas deberá ser cumplimentada bajo juramento ante notario, atestando la veracidad de su contenido y que cumple con todos los requisitos dispuestos en esta Ley aplicable.

4 decades in the past Puerto Rico was ceded to The usa as the result of the Spanish-American war. Gee, did we lose that war? I believed we won that war… we need to have missing.

Reply to  Wild Bill 4 a long time in the past I just understood I left out the news media, the left, criminals and the media are all sleeping jointly in a similar twin mattress.

(b) Una persona que posea una licencia de armas, podrá dar en custodia su arma de fuego y/o municiones a otra persona con licencia de armas vigente, en casos en que se entienda que por razones particulares no debe tener consigo el arma de fuego en un momento dado. El cedente deberá notificar a la mayor brevedad posible, pero siempre dentro de las primeras cuarenta y ocho (forty eight) horas, si la cesión es por un periodo de tiempo mayor a setenta y dos (seventy two) horas a la Oficina de Licencias de Armas, de la cesión temporera de las armas de fuego y/o municiones, incluyendo la fecha cuando concluye la cesión temporera. Además, el cedente notificará las razones por la cual cedió la custodia de las armas y/o municiones, el nombre, dirección y número de licencia del cesionario, el tipo de arma cedida con una descripción de la misma, incluyendo el número de serie y la dirección donde se encuentra el arma y/o municiones.

From all of that I've read they won't honor any other states Permits/Licenses Though they may have a reciprocity regulation.” Is that this… Study much more »

La falta de pago por un armero será motivo suficiente para que el Comisionado, previa la celebración de una vista formal, pueda revocarle la licencia que hubiere expedido.

In my early twenty’s, Doing the job a menial position and not able to find the money for a car or truck, I took my freedom in my palms everytime I walked to The shop or the laundry with… Read more »

La persona con licencia de armas estará exenta del pago por el depósito de las armas en el Depósito de Armas y Municiones del Negociado de la Policía de Puerto Rico. De resultar la acción judicial en una de culpabilidad ultimate y firme, el Comisionado revocará la licencia permanentemente. Como parte de la pena a imponerse en aquellos casos donde las armas de fuego hayan sido utilizadas para la comisión de un delito, el Tribunal ordenará al Comisionado a que confisque las armas de fuego y municiones utilizadas y estas podrán ser vendidas por el Negociado de la Policía de Puerto Rico. Los fondos resultantes de esta venta serán remitidos al Fondo de Víctimas de rico168 Delito. El thanksño de armas de fuego cuya licencia haya sido revocada por orden de un Tribunal de manera ultimate y firme, retendrá la titularidad de las armas de fuego no utilizadas en la comisión de delito alguno, para vender, traspasar o ceder la titularidad de estas a otra persona con licencia de armas vigente, dentro de un término improrrogable  de veinte (twenty) días a partir de la revocación de la licencia de armas, realizando el trámite correspondiente en la Oficina de Licencia de Armas, salvo que los delitos por los cuales ha sido convicto impliquen violencia o intimidación. De lo contrario, el Comisionado procederá con la confiscación de las armas de fuego y las municiones conforme a derecho.”

La persona con licencia de armas que se mude fuera de la jurisdicción de Puerto Rico y que no tenga armas registradas a su nombre en el Registro Electrónico que no renueve su licencia de armas dentro del término aquí establecido y que luego determine solicitar de nuevo otra licencia, no estará sujeta a las multas relacionadas a la no renovación. El Comisionado establecerá por reglamento todo lo relacionado al proceso de solicitar de nuevo una licencia de armas. 

Cualquier agente del orden público ocupará la licencia, arma de fuego y/o municiones, que posea un ciudadano, de forma temporera cuando tuviese motivos fundados para entender que la persona con licencia de armas hizo o hará uso ilegal de las armas de fuego y municiones para causar daño a otras personas; por haber proferido amenazas de cometer un delito; por haber expresado su intención de suicidarse; cuando haya demostrado negligencia o descuido en el manejo del arma de fuego; cuando se estime que la persona con licencia de armas padece de una condición psychological, se le considere ebrio habitual o sea adicto a sustancias controladas; o en cualquier otra situación de grave riesgo o peligro que justifique esta ocupación.

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